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	<title>Observatorio de Medios FUCATEL &#187; Medios de comunicación</title>
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	<description>Una mirada en profundidad a los medios de comunicación</description>
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		<title>China: Se levanta censura a Internet durante torneo de Golf</title>
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		<pubDate>Mon, 28 Nov 2011 14:40:47 +0000</pubDate>
		<dc:creator>fucatel</dc:creator>
				<category><![CDATA[Internet y Medios digitales]]></category>
		<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Libertad de expresión en China]]></category>

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		<description><![CDATA[Según se informa el Generación.com, con ocasión del torneo mundial de golf que se viene realizando en la isla de Haina del 23  al 27 de noviembre, el Gobierno Chino  ha levantado la censura para  que todos los asistentes, periodistas, turistas pueden tener total  acceso a la web. La medida, si bien ha sido bien recibida, se considera que no]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Según se informa el Generación.com, con ocasión del torneo mundial de golf que se viene realizando en la isla de Haina del 23  al 27 de noviembre, el Gobierno Chino  ha levantado la censura para  que todos los asistentes, periodistas, turistas pueden tener total  acceso a la web. La medida, si bien ha sido bien recibida, se considera que no es total, pues hay sitios web que seguirian bloqueados.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><a href="http://www.generaccion.com/noticia/131321/china-levanta-censura-internet-durante-torneo-golf">http://www.generaccion.com</a></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Imagen: http://fotosdigitalesgratis.com/galeriafotos/5591/china_y_censura_en_internet</p>
]]></content:encoded>
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		<title>México inicia migración a Radio Digital</title>
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		<pubDate>Mon, 05 Sep 2011 15:10:56 +0000</pubDate>
		<dc:creator>fucatel</dc:creator>
				<category><![CDATA[Medios de comunicación]]></category>
		<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Radioemisoras]]></category>

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		<description><![CDATA[Migración a la Radio Digital en México se inicia con etapa en que los operadres podrán voluntariamente migrar al estándar IBOC, adoptado por acuerdo de 16 de junio de 2011.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>México adoptó &#8220;el estándar IBOC, de conformidad con el estándar NRSC-5-B y su futuro desarrollo, para la transmisión digital terrestre de la radiodifusión, (en adelante la &#8220;Radio Digital Terrestre&#8221; o &#8220;RDT&#8221;) en las bandas de 535-1705 kHz y de 88-108 MHz.&#8221;</p>
<p>Entre los objetivos de la transición, que destaca el&#8221;Acuerdo por el que se adopta el estándar para la radio digital terrestre y se establece la política para que los concesionarios y permisionarios de radiodifusión en las bandas 535-1705 kHz y 88-108 MHz lleven a cabo la transición a la tecnología digital en forma voluntaria&#8221; destacan los siguientes:</p>
<div>a)    Uso eficiente del espectro: hacer un uso pleno de las tecnologías digitales de transmisión utilizando el sistema IBOC en las bandas de AM y FM.</div>
<div>b)    Impulso a la radiodifusión fomentar el sano desarrollo de los concesionarios y permisionarios de estaciones de radio, mediante condiciones que promueven las inversiones en el desarrollo de la infraestructura para la aplicación de los avances tecnológicos que redunden en un mejor servicio a  la población.</div>
<div>c)    Nuevos contenidos: alentar el desarrollo de nuevos contenidos digitales para impulsar la penetración de la RDT, en especial mediante los servicios de multiprogramación e información complementaria para ofrecer un mejor servicio de radiodifusión a la población.</div>
<p>d)    Calidad: establecer condiciones para mejorar la calidad de audio que recibe actualmente  la población.</p>
<p><a href="http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5196204&amp;fecha=16/06/2011">Decreto que adopta estándar de Radio Digital en Mexico</a></p>
<p><a href="http://www.eluniversal.com.mx/notas/773074.html">la Noticia en El Universal</a></p>
<p><a href="http://www.youtube.com/watch?v=E8LUIuqW5RA">Vea video sobre esta noticia en Youtube.com</a></p>
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		<title>Comunicado de Subtel sobre concursos de Radios Comunitarias</title>
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		<pubDate>Mon, 05 Sep 2011 14:07:48 +0000</pubDate>
		<dc:creator>fucatel</dc:creator>
				<category><![CDATA[Medios de comunicación]]></category>
		<category><![CDATA[Radioemisoras]]></category>
		<category><![CDATA[Concursos Radios Comunitarias]]></category>
		<category><![CDATA[Radios comunitarias]]></category>

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		<description><![CDATA[1.CONCURSOS DE RENOVACIÓN 
En virtud de lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 9° Bis de  la Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, las concesiones de  mínima cobertura que se encuentren participando en dichos concursos  permanecerán en vigencia hasta tanto se ponga término definitivo al  concurso respectivo. Asimismo, y de acuerdo a lo dispuesto en el  artículo 2°]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><strong> 1.CONCURSOS DE RENOVACIÓN </strong></p>
<p>En virtud de lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 9° Bis de  la Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, las concesiones de  mínima cobertura que se encuentren participando en dichos concursos  permanecerán en vigencia hasta tanto se ponga término definitivo al  concurso respectivo. Asimismo, y de acuerdo a lo dispuesto en el  artículo 2° Transitorio de la Ley N° 20.433, tales concesionarios,  precisamente por tener vigente su concesión al momento de la publicación  de la citada norma, podrán acogerse a los nuevos servicios de  radiodifusión comunitaria y ciudadana, cumpliendo con los requisitos que  al efecto establece la nueva ley y de acuerdo al procedimiento que en  la misma y su reglamento se establezca.</p>
<p><strong> 2.CONCURSOS PARA EL OTORGAMIENTO DE NUEVAS CONCESIONES </strong></p>
<p>En atención a que la Ley N° 20.433 suprimió la categoría legal de  mínima cobertura sin establecer un régimen transitorio, esta  Subsecretaría ha solicitado un dictamen a la Contraloría General de la  República respecto de la factibilidad jurídica de proseguir con la  tramitación de dichos concursos, hasta el otorgamiento de las  respectivas concesiones.</p>
<p>&nbsp;</p>
<div>
<div><a name="T0">ATENCIÓN CONCESIONARIOS DE RADIOS DE MÍNIMA COBERTURA EN EL MARCO DE LA NUEVA LEY DE RADIOS COMUNITARIAS</a></div>
<div>&gt;<a href="http://www.subtel.gob.cl/prontus_subtel/site/artic/20100824/pags/20100824151643.html#top">Subir</a></div>
</div>
<p>Conforme a lo estipulado en la Ley 20.433 sobre Servicios  Comunitarios y Ciudadanos de Radiodifusión de Libre Recepción, la  Subsecretaría de Telecomunicaciones informa:</p>
<ol>
<li>Personas Jurídicas y Organizaciones que pueden ser Titulares de una Radio Comunitaria.</li>
<li>2. Procedimiento y oportunidad para transferir una concesión de Radiodifusión Sonora de Mínima Cobertura.</li>
</ol>
<p><strong> 1. Personas Jurídicas y Organizaciones que pueden ser Titulares. </strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>La ley N° 20.433, publicada el 4 de mayo de 2010 en el Diario  Oficial, creó los Servicios Comunitarios y Ciudadanos de Radiodifusión  de Libre Recepción.</p>
<p>En el artículo 2 transitorio de la Ley se dispone que los actuales  concesionarios de radiodifusión sonora de Mínima Cobertura, que al  momento de la publicación de la misma mantengan vigente su concesión,  pueden acogerse a la nueva Ley.</p>
<p>La Ley dispone que sólo pueden ser titulares de una concesión de  Radio Comunitaria, las personas jurídicas de derecho privado sin fines  de lucro, a excepción de las corporaciones y fundaciones municipales,  que tengan entre sus fines esenciales la promoción del interés general,  mediante la prosecución de objetivos específicos de carácter cívico,  social, cultural o de promoción de los derechos o principios  constitucionales, y que estén constituidas en Chile y tengan domicilio  en el país. Se identifican las siguientes organizaciones:</p>
<ul>
<li>a) Los sindicatos y otras organizaciones de trabajadores.</li>
<li>b) Las juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias, constituidas en conformidad a la ley Nº 19.418.</li>
<li>c) Las asociaciones gremiales.</li>
<li>d) Las comunidades y asociaciones indígenas, constituidas en conformidad a la ley Nº 19.253.</li>
<li>e) Las comunidades agrícolas.</li>
<li>f) Las iglesias y organizaciones religiosas regidas por la ley Nº 19.638.</li>
<li>g) Las organizaciones comunales de consumidores.</li>
<li>h) Las organizaciones sin fines de lucro que se encuentren inscritas  en el Registro Nacional de la Discapacidad, en conformidad a la ley Nº  19.284.</li>
<li>i) Las organizaciones de adultos mayores, sin fines de lucro, inscritas en el registro previsto en la ley Nº 19.828.</li>
<li>j) Las personas jurídicas, sin fines de lucro, que tengan el  carácter de establecimientos educacionales reconocidos oficialmente por  el Estado.</li>
<li>k) Las organizaciones deportivas, regidas por la ley Nº 19.712 o por la ley Nº 19.418.</li>
<li>l) Las agrupaciones de mujeres, constituidas en conformidad a la  ley, y las de individuos de un mismo género para la defensa y promoción  de sus derechos sexuales y reproductivos en el marco de la Constitución y  la ley.</li>
</ul>
<p>La ley señala además que los órganos de la Administración del Estado  no pueden participar directa ni indirectamente en la explotación de  estos Servicios.</p>
<p>Asimismo, no se podrá ser titular ni explotar a cualquier título más de una concesión de los Servicios.</p>
<p><strong> 2.- Procedimiento y oportunidad para transferir una  concesión de Radiodifusión Sonora de Mínima Cobertura a una organización  que esté contemplada en la Ley </strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Los actuales titulares de una concesión de Radiodifusión Sonora de  Mínima Cobertura, que tengan interés en ser titular de una concesión de  los Servicios Comunitarios y Ciudadanos de Radiodifusión de Libre  Recepción y no se encuentren dentro de las personas jurídicas que señala  la Ley como aquellas que pueden ser titulares de las mismas, deberán  realizar el proceso de transferencia de su concesión actual una  organización que este contemplada en la Ley.</p>
<p>Dicho procedimiento de modificación por cambio de titular, comprende los siguientes pasos:</p>
<p><strong>2.1 Presentar, ante esta Subsecretaría, una solicitud de transferencia previa de la concesión.</strong></p>
<p>La solicitud debe estar debidamente firmada por los representantes  legales de las sociedades interesadas, es decir la parte cedente y la  beneficiada, dirigida a S.E. el Presidente de la República, y ser  presentada en la Oficina de Partes de SUBTEL o en la SEREMITT de la  región respectiva, solicitando una Autorización Previa para transferir  la concesión.</p>
<p>Cabe señalar que la solicitud debe contener el Informe favorable de  la Fiscalía Nacional Económica, para cumplir el artículo 38° de la ley  N° 19.733 de 2001 y ley N° 20.361 de 2009. Transcurrido 30 días  corridos, desde la fecha de presentación de la solicitud, sin que el  aludido tribunal se pronuncie, el representante legal de la concesión,  deberá acompañar un certificado notarial en el cual se señale  explícitamente la fecha del requerimiento, la recepción por la fiscalía y  la constancia que dicho organismo no ha expresado su opinión, sin  perjuicio de adjuntar copia de la solicitud respectiva.</p>
<p>Esta Solicitud se traducirá en una Resolución de autorización Previa,  autorizando la transferencia, la que tendrá una vigencia de 60 días  hábiles, y que deberá insertarse íntegramente, dentro de ese plazo, en  el acto o contrato que dé cuenta de la transferencia.</p>
<p>Asimismo, los interesados deberán acompañar junto con su solicitud  todos los antecedentes legales requeridos para ser concesionarios.</p>
<p><strong>2.2 Solicitar modificación de concesión.</strong></p>
<p>Posteriormente, se debe presentar una solicitud dirigida a S.E. el  Presidente de la República, solicitando la modificación de la concesión  por cambio de titular, adjuntando el instrumento público o privado que  de cuenta de la transferencia. Dicha solicitud será tramitada por la  Subsecretaría de Telecomunicaciones y concluirá con la dictación de un  Decreto Exento por parte del Ministro de Transportes y  Telecomunicaciones mediante el que se concretará la transferencia por  cambio de titular.</p>
<p><strong>3.- Oportunidad para solicitar la transferencia de la concesión</strong></p>
<p>La Ley dispuso que un reglamento regularía los aspectos necesarios  para la aplicación de la Ley. Una vez publicado dicho reglamento, los  interesados dispondrán de un período de 180 días para presentar sus  solicitudes de acogerse a la nueva Ley. Al respecto cabe reiterar que la  Ley señala expresamente qué tipo de organizaciones pueden ser titulares  de concesiones del nuevo servicio, por lo tanto, el decreto de  transferencia debe encontrarse completamente tramitado, esto es  publicado en el Diario Oficial.</p>
<p>Por lo anterior, si el interés de su representada es obtener la  titularidad de una concesión del Servicio, Ud. debe, a la brevedad,  iniciar los trámites para transferir su concesión, en el evento de ser  necesario.</p>
<p><strong>Canal de Consulta</strong></p>
<p>En el marco de la entrada en vigencia de la Ley 20.433 que crea el  servicio de Radios Comunitarias Ciudadanas, la Subsecretaría de  Telecomunicaciones ha dispuesto un canal de contacto exclusivo para  canalizar y facilitar las consultas de los interesados en acogerse a  este nuevo régimen legal.</p>
<p>Sobre requisitos, procedimientos y plazos para la migración desde el  antiguo sistema de Radios de Mínima Cobertura, al nuevo marco  concesional establecido en la Ley, escribir a la cuenta de correo  electrónico <a title="Enviar correo a: consultasradioscomunitarias@subtel.cl" href="mailto:consultasradioscomunitarias@subtel.cl">consultasradioscomunitarias@subtel.cl</a></p>
<p>La Subsecretaría de Telecomunicaciones ha establecido un protocolo de  atención expedito para garantizar a todos los interesados una respuesta  efectiva y oportuna, en conformidad con la política de calidad y  transparencia de la Subtel.</p>
<p><a href="http://www.observatoriofucatel.cl/wp-content/uploads/2011/09/Procedimiento-RC.pdf">Esquema de procedimiento para cogerse a la ley 20.433</a></p>
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		<title>El Observatorio de Medios expresa sus condolencias a los familiares de las víctimas del avión siniestrado, así como a todo los compañeros de trabajo de los profesionales de TVN.</title>
		<link>http://www.observatoriofucatel.cl/el-observatorio-de-medios-expresa-toda-su-solidaridad-con-los-familiares-de-las-victimas-del-avion-siniestrado-asi-como-a-todo-los-companeros-de-trabajo-de-los-profesionales-del-tvn/</link>
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		<pubDate>Sat, 03 Sep 2011 18:56:35 +0000</pubDate>
		<dc:creator>fucatel</dc:creator>
				<category><![CDATA[Destacado]]></category>
		<category><![CDATA[Medios de comunicación]]></category>

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		<description><![CDATA[Frente a la noticia sobre avión siniestrado en el Archipiélago Juan Fernánez, en que viajaban 5 profesionales pertenecientes al equipo del programa Buenos Días a Todos.
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			<content:encoded><![CDATA[<p>Frente a la noticia sobre avión siniestrado en el Archipiélago Juan Fernánez, en que viajaban 5 profesionales pertenecientes al equipo del programa Buenos Días a Todos.</p>
]]></content:encoded>
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		<item>
		<title>Canal 13 vulneró el derecho a la información con reportaje sobre isla riesco</title>
		<link>http://www.observatoriofucatel.cl/canal-13-vulnero-el-derecho-a-la-informacion-con-reportaje-sobre-isla-riesco/</link>
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		<pubDate>Thu, 04 Aug 2011 17:24:26 +0000</pubDate>
		<dc:creator>fucatel</dc:creator>
				<category><![CDATA[Destacado]]></category>
		<category><![CDATA[Medios de comunicación]]></category>

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		<description><![CDATA[“fue vulnerado el derecho a la  información que tienen las personas y con ello el principio democrático,  que es parte integrante del bagaje de contenidos del principio del  correcto funcionamiento de los servicios de televisión, mediante la  entrega de información sesgada atinente al proyecto sobre instalación de  Isla Riesco de la explotación carbonífera denominada Mina Invierno”. Con ello se afectaría]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>“fue vulnerado el derecho a la  información que tienen las personas y con ello el principio democrático,  que es parte integrante del bagaje de contenidos del principio del  correcto funcionamiento de los servicios de televisión, mediante la  entrega de información sesgada atinente al proyecto sobre instalación de  Isla Riesco de la explotación carbonífera denominada Mina Invierno”. Con ello se afectaría tanto esta garantía fundamental como el artículo 1 de la ley 18.838, que define qué debe entenderse por correcto funcionamiento de la televisión.</p>
<p>Esta fue una de las consideraciones del CNTV para cursar un cargo, de manera unánima, en contra de Canal 13.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><a href="http://cronicalibre.cl/index.php/nacionales/4197-cntv-formula-cargos-contra-canal-13-por-emision-de-reportaje-sobre-isla-riesco">Lea la noticia en prensa</a></p>
]]></content:encoded>
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		<title>las redes sociales no han desplazado a los grandes medios</title>
		<link>http://www.observatoriofucatel.cl/las-redes-sociales-no-han-desplazado-a-los-grandes-medios/</link>
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		<pubDate>Tue, 26 Jul 2011 17:26:29 +0000</pubDate>
		<dc:creator>fucatel</dc:creator>
				<category><![CDATA[Medios de comunicación]]></category>

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		<description><![CDATA[Interesante resulta el análisis de impacto de los nuevos medios, porque deja en evidencia lo que hemos sostenido en el Observatorio de manera insistente, sobre la importancia de la regulación de los grandes medios.
Lea más en el siguiente enlace
Agenda setting. 
]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Interesante resulta el análisis de impacto de los nuevos medios, porque deja en evidencia lo que hemos sostenido en el Observatorio de manera insistente, sobre la importancia de la regulación de los grandes medios.</p>
<p>Lea más en el siguiente enlace</p>
<p><a href="http://www.quepasa.cl/articulo/tecnologia---ciencia/2011/07/23-6164-9-la-vigencia-de-mccombs.shtml">Agenda setting. </a></p>
]]></content:encoded>
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		<title>FUCATEL en Radio Tierra sobre televisión digital</title>
		<link>http://www.observatoriofucatel.cl/fucatel-en-radio-tierra-sobre-television-digital/</link>
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		<pubDate>Fri, 20 May 2011 15:49:56 +0000</pubDate>
		<dc:creator>fucatel</dc:creator>
				<category><![CDATA[Radioemisoras]]></category>

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		<description><![CDATA[el Congreso Nacional se encuentran dos proyectos de ley que  cambiarán el futuro de nuestra televisión. ¿Se ha propuesto al país un  proyecto que garantice una mejor televisión? ¿Es posible contar con un  entorno mediático libre, independiente y pluralista?
Son algunas de las preguntas que nos responden en Objetivo Zoom,  Manuela Gumucio, directora del Observatorio de Medio FUCATEL e Ignacio]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://www.observatoriofucatel.cl/wp-content/uploads/2011/06/objetivo_zoom_20_05_11.jpg"><img class="alignleft size-medium wp-image-12480" title="objetivo_zoom_20_05_11" src="http://www.observatoriofucatel.cl/wp-content/uploads/2011/06/objetivo_zoom_20_05_11-300x163.jpg" alt="" width="210" height="114" /></a>el Congreso Nacional se encuentran dos proyectos de ley que  cambiarán el futuro de nuestra televisión. ¿Se ha propuesto al país un  proyecto que garantice una mejor televisión? ¿Es posible contar con un  entorno mediático libre, independiente y pluralista?</p>
<p>Son algunas de las preguntas que nos responden en Objetivo Zoom,  Manuela Gumucio, directora del Observatorio de Medio FUCATEL e Ignacio  Iriarte, periodista y representante de las ONG agrupadas en ACCIÓN y que  participan en la mesa de ciudadanía y televisión digital.</p>
<p>El programa se transmitió el 20 de mayo de 2011 y puede escucharlo en:</p>
<p><a href="http://www.radiotierra.cl/node/3093">http://www.radiotierra.cl/node/3093</a></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
]]></content:encoded>
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		<title>Revista Punto Final</title>
		<link>http://www.observatoriofucatel.cl/revista-punto-final/</link>
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		<pubDate>Sun, 30 Jan 2011 21:05:11 +0000</pubDate>
		<dc:creator>fucatel</dc:creator>
				<category><![CDATA[Diarios y Prensa escrita]]></category>
		<category><![CDATA[Medios de comunicación]]></category>
		<category><![CDATA[Revista Punto Final]]></category>

		<guid isPermaLink="false">http://www.observatoriofucatel.cl/?p=11620</guid>
		<description><![CDATA[Director: Manuel Cabieses
Subdirector: Hernán Soto
Subdirectora: Francisca Cabieses
Secretario de redacción: Andrés Letelier
Dirección: San Diego 31, of. 606, comuna de Santiago Centro
Teléfono: (02-52) 6970615
 www.puntofinal.cl
&#160;
]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://www.observatoriofucatel.cl/wp-content/uploads/2011/03/regalo_pf1.jpg"><img class="alignleft size-thumbnail wp-image-11622" title="regalo_pf" src="http://www.observatoriofucatel.cl/wp-content/uploads/2011/03/regalo_pf1-133x150.jpg" alt="" width="133" height="150" /></a>Director: Manuel Cabieses</p>
<p>Subdirector: Hernán Soto</p>
<p>Subdirectora: Francisca Cabieses</p>
<p>Secretario de redacción: Andrés Letelier</p>
<p>Dirección: San Diego 31, of. 606, comuna de Santiago Centro</p>
<p>Teléfono: (02-52) 6970615</p>
<p><a href="http://www.puntofinal.cl/"> www.puntofinal.cl</a></p>
<p>&nbsp;</p>
]]></content:encoded>
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		<title>Revista Tendencias de La Tercera</title>
		<link>http://www.observatoriofucatel.cl/revista-tendencias-de-la-tercera/</link>
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		<pubDate>Sun, 16 Jan 2011 14:48:30 +0000</pubDate>
		<dc:creator>fucatel</dc:creator>
				<category><![CDATA[Diarios y Prensa escrita]]></category>
		<category><![CDATA[Medios de comunicación]]></category>
		<category><![CDATA[Revista Tendencias de La Tercera]]></category>

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		<description><![CDATA[Director: Cristian Bofill
Editora coordinadora: Carmen Gloria Ramos
Subeditor: Marcelo Córdova
Periodistas: Jennifer Abate, Ricardo Acevedo, Pedro Arraztio,
Patricio Lazcno y Teresita Quesada
Columnistas: Marcelo Con, Rodrigo Guendelman y Sonia Lira
Dirección: Avda. Vicuña Mackenna 1962,comuna de Ñuñoa
Teléfono: (56-2) 5507000
&#160;
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<p>Editora coordinadora: Carmen Gloria Ramos</p>
<p>Subeditor: Marcelo Córdova</p>
<p>Periodistas: Jennifer Abate, Ricardo Acevedo, Pedro Arraztio,</p>
<p>Patricio Lazcno y Teresita Quesada</p>
<p>Columnistas: Marcelo Con, Rodrigo Guendelman y Sonia Lira</p>
<p>Dirección: Avda. Vicuña Mackenna 1962,comuna de Ñuñoa</p>
<p>Teléfono: (56-2) 5507000</p>
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		<title>Cambio 21</title>
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		<pubDate>Mon, 10 Jan 2011 18:34:51 +0000</pubDate>
		<dc:creator>fucatel</dc:creator>
				<category><![CDATA[Diarios y Prensa escrita]]></category>
		<category><![CDATA[Medios de comunicación]]></category>
		<category><![CDATA[Cambio 21]]></category>

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		<description><![CDATA[Director Ejecutivo y Representante Legal: Oscar Reyes
Gerente General: Patricio Reinoso
Dirección: Huérfanos 886 oficina 1014, comuna de Santiago Centro
Teléfonos: (56-2) 6326165
www.cambio21.cl
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<p>Gerente General: Patricio Reinoso</p>
<p>Dirección: Huérfanos 886 oficina 1014, comuna de Santiago Centro</p>
<p>Teléfonos: (56-2) 6326165</p>
<p><a href="http://www.cambio21.cl" target="_blank">www.cambio21.cl</a></p>
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