Mejor TV: esperanza amenazada
Manuela Gumucio y Lorena Donoso / Observatorio de Medios Fucatel / La Tercera / Hace unos días, y con una mínima cobertura de los medios masivos, el Tribunal Constitucional acogió a tramitación el requerimiento de inconstitucionalidad presentado por 30 diputados para solicitar la nulidad del Decreto Supremo 264, dictado por el gobierno. El recurso impugna el decreto en tanto éste permite que se prorroguen los permisos demostrativos para la TV digital a los actuales canales hasta por cinco años, autorizando de paso que las frecuencias asignadas para estos permisos, que fueron otorgados excepcionalmente para el Mundial de Fútbol, se conviertan en definitivas. También abre la puerta al otorgamiento de nuevas concesiones, sin esperar la nueva ley que las regulará.
El Ejecutivo comete un error al abrir la posibilidad de que se asignen nuevas concesiones definitivas de televisión digital en base a la Ley 18.838 vigente. Comprometer como definitivas las frecuencias asignadas con carácter demostrativo atropella la labor parlamentaria. Hasta hoy no se conoce el plan de radiodifusión televisiva, instrumento indispensable para saber cuántas concesiones será factible otorgar en cada zona de servicio. Este dato debió estar presente desde el inicio de la discusión. La entrega, sin concurso, a los actuales canales de un ancho de banda mayor que el necesario debiera estar supeditada a la garantía de una oferta importante a nuevos concesionarios.
La aplicación del decreto podría llevar incluso al absurdo de que, cuando el Parlamento termine su labor y se promulgue la ley, no quede espectro para cumplir con la reserva de un 40% para la TV regional, comunitaria, local, cultural y educativa.
Una repartición prematura del espectro hace inútil la discusión que esperábamos del Parlamento sobre la forma aberrante en que hoy se otorgan las concesiones, a partir de la mera aprobación de un proyecto técnico por la Subsecretaría de Telecomunicaciones, es decir, por el gobierno de turno, con el Consejo Nacional de TV, actuando como mero buzón. ¿Cómo se explica que un bien de tan alto impacto, vehículo de cultura, valores, sentidos y que representa uno de los principales poderes del país, requiera para su adjudicación solo de un proyecto técnico?
El gobierno ha esgrimido dos fundamentos que para dictar el decreto: Chile estaría atrasado en materia de digitalización de la TV a nivel regional, y sería imprescindible evitar un «apagón digital». Ambos son inexactos.
Chile no está atrasado. Por ejemplo, Argentina inició las transmisiones experimentales en julio de 2010 y tiene previsto el apagón analógico para septiembre de 2019; en Brasil éste se producirá en junio de 2016.
Con respecto al segundo argumento, es absurdo calificar de «apagón» la eventual suspensión provisoria de la recepción en alta definición de un reducido grupo de chilenos que hoy cuenta con los televisores adecuados para recibirla. Si bien todos queremos gozar de los beneficios de la digitalización lo antes posible, esperamos, también, que se legisle con rigor y garantizando que, junto al mejoramiento de la imagen, tengamos una mejor oferta de programas, más diversa y democrática.
Comentario adicionales del Observatorio
Dado el espacio limitado que tienen las columnas de opinión de los medios nacionales, queremos profundizar en algunos elementos claves para entender el conflicto que ha producido el decreto dictado por el Gobierno:
-El proyecto de ley, en debate parlamentario que modifica la ley del CNTV, regulará entre otras materias, la forma en que se renovarán las concesiones actuales y en que se asignarán las nuevas, considerando aspectos técnicos y programáticos, de acuerdo a lo planteado como exigencias mínimas por numerosas organizaciones ciudadanas agrupadas en la Mesa de Ciudadanía y TV Digital. En consecuencia, ningún decreto debiera anteponerse a la labor del Parlamento en esta materia.
-El proyecto de ley considera una reserva real de un 40 por ciento del espectro para las televisiones regionales, locales, educativas, comunitarias y culturales nacionales. Esta reserva está amenazada si el espectro se empieza a repartir antes de la promulgación de la ley como lo permite de facto el decreto.
– El decreto supremo prolonga los permisos demostrativos hasta por 5 años, contradiciendo la ley vigente que establece que esos permisos sólo se podrán asignar para eventos o ferias por el tiempo que estos duren y en ningún caso con finalidades comerciales.
– Un argumento central entregado por el grupo de 30 parlamentarios que presentó un recursos de inconstitucionalidad por la dictación del decreto es que “el Estado creo con rango constitucional el Consejo Nacional de Televisión cuyo objeto es velar por el correcto funcionamiento de la televisión y dentro de cuyas competencias está la de otorgar, modificar o caducar una concesión televisiva”. Por ende, según el documento, su normativa no puede ser definida mediante normas ni decretos, sino debe ser fruto del trabajo de los legisladores en el Parlamento.
– Otro de los argumentos esgrimidos, por quienes presentaron el requerimiento de inconstitucionalidad, es que “el derecho de propiedad de quiénes tienen concesiones de libre recepción televisiva y de aquellos que intentan ingresar al nuevo modelo de industria de televisión digital debe estar sustentado en el otorgamiento de concesiones establecidas por ley y no amparadas en permisos administrativos ni decretos esencialmente modificables”.
El documento entregado por los parlamentarios al Tribunal Constitucional analiza, también, la importancia de la TV digital en múltiples sentidos, entre los cuales se menciona la multiplicación de la oferta televisiva por el surgimiento de nuevos canales, el mejoramiento de la calidad técnica de las transmisiones, la ampliación de los soportes digitales asociados a la nueva tecnología, las perspectivas de desarrollo para la televisión local, regional y comunitaria y la modificación del régimen de subsidios para fomentar las oportunidades a nuevos actores. Todo lo anterior estaría amenazado por un decreto que pretende establecer de facto cuestiones que deben ser fruto del debate parlamentario.